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Artículo de Investigación

 

EL TERCER SECTOR SOCIAL: CIENCIA CIUDADANA EN EL ÁMBITO DE LAS DESAPARICIONES EN ESPAÑA

 

Pedro Llorens Sellés

Capitán de la Guardia Civil

Academia de Cabos y Guardias de la Guardia Civil en Baeza

Doctorando en Ciencias Jurídicas y Sociales en la Universidad de Málaga

Grado en Derecho (UNED)

pedro12345123@yahoo.es

ORCID: https://orcid.org/0009-0005-7030-9075

 

 

Recibido 05/09/2025

Aceptado 22/10/2025

Publicado 30/01/2025

 

 

 

 

 

doi: https://doi.org/10.64217/logosguardiacivil.v4i1.8461

 

Cita recomendada: Llorens, P. (2026). El tercer sector social: ciencia ciudadana en el ámbito de las desapariciones en España. Revista Logos Guardia Civil, 4(1), 171–192. https://doi.org/10.64217/logosguardiacivil.v4i1.8461

 

Licencia: Este artículo se publica bajo la licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)

Depósito Legal: M-3619-2023

NIPO en línea: 126-23-019-8

ISSN en línea: 2952-394X


 

EL TERCER SECTOR SOCIAL: CIENCIA CIUDADANA EN EL ÁMBITO DE LAS DESAPARICIONES EN ESPAÑA

Sumario: 1. INTRODUCCIÓN. 2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y SOCIALES: LA CONSTRUCCIÓN DE UNA CONCIENCIA COLECTIVA. 2.1. De la ausencia legal al impacto mediático. 2.2. El siglo XXI: Catalizadores para el cambio institucional y la presión social. 3. EL TERCER SECTOR SOCIAL EN EL ÁMBITO DE LAS DESAPARICIONES: DE LA CONCEPTUALIZACIÓN A LA CIENCIA CIUDADANA. 3.1. ¿Que se conoce como tercer sector social en el ámbito de las desapariciones? 3.2. Ciencia ciudadana y tercer sector social.  4. EL TERCER SECTOR SOCIAL COMO GENERADOR DE CIENCIA CIUDADANA EN EL ÁMBITO DE LAS DESAPARICIONES. 4.1. Recopilación y análisis de datos a gran escala. 4.2. Generación de conocimiento empírico (El saber nacido del dolor). 4.3. Impacto y validación a través de la incidencia política y jurídica. 4.4. Comparativa: Lecciones de otros contextos y su relevancia para España. 5. PROGRESOS LOGRADOS: LA EVIDENCIA DE LA CIENCIA CIUDADANA EN ACCIÓN. 6. RETOS PENDIENTES: LOS DESAFIOS DE LA CIENCIA CIUDADANA EN EVOLUCIÓN. 7. CONCLUSIONES. 7.1. La superación definitiva del paradigma patrimonial y la consolidación de un enfoque de Derechos Humanos. 7.2. La "Ciencia Ciudadana" como epistemología del dolor: Legitimación de un nuevo saber. 7.3. La institucionalización del diálogo: hacia un modelo de gestión colaborativa. 7.4. El horizonte de futuro: El Estatuto de la persona desaparecida como piedra angular 8. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.

Resumen: Este artículo analiza el impacto y la naturaleza de la "ciencia ciudadana" generada por el tercer sector social en el ámbito de las personas desaparecidas en España. El objetivo principal es demostrar cómo las organizaciones de familiares han trascendido el rol de apoyo para convertirse en agentes productores de conocimiento científico aplicado, impulsando reformas estructurales. La metodología empleada es cualitativa, combinando un análisis histórico-jurídico de la figura del desaparecido, el estudio de casos mediáticos catalizadores, la revisión de informes oficiales del Centro Nacional de Desaparecidos (CNDES) y el examen de las propuestas y documentos elaborados por dichas organizaciones.

Los resultados más significativos evidencian que el "saber nacido del dolor" de estas asociaciones constituye una fuente de conocimiento empírico fundamental. Han logrado avances concretos como la erradicación del "mito de las 24 horas" para denunciar, la reducción de los plazos legales para la declaración de ausencia y fallecimiento, y la unificación de protocolos policiales. Asimismo, su incidencia fue clave para la creación del CNDES y la formalización de su rol colaborador en el I Plan Estratégico Nacional (2022-2024).

La conclusión principal es que el tercer sector ha transformado un problema inicialmente patrimonial en un asunto de derechos humanos, validando la ciencia ciudadana como una herramienta eficaz. Se ha consolidado un modelo de gestión colaborativa entre la sociedad civil y el Estado, cuyo principal reto pendiente es la creación de un "Estatuto de la Persona Desaparecida" que dote de seguridad jurídica integral a las víctimas.

 

Abstract: This article analyzes the impact and nature of "citizen science" as generated by the Third Sector within the context of missing persons in Spain. The main objective is to demonstrate how family-led organizations have transcended a supportive role to become producers of applied scientific knowledge, driving structural reforms. The methodology is qualitative, combining a historical-legal analysis of the legal figure of the disappeared, a study of catalytic media cases, a review of official reports from the National Center for the Disappeared (CNDES), and an examination of the proposals and documents drafted by these organizations.

The most significant results show that the "knowledge born from pain" of these associations constitutes a fundamental source of empirical knowledge. They have achieved concrete progress, such as eradicating the "24-hour waiting period" myth for filing a report, reducing the legal timeframes for the declaration of absence and death, and unifying police protocols. Furthermore, their advocacy was key to the creation of the CNDES and the formalization of their collaborative role in the First National Strategic Plan (2022-2024).

The main conclusion is that the Third Sector has transformed an issue of property law into a matter of human rights, thereby validating citizen science as an effective tool. A model of collaborative governance between civil society and the State has been consolidated, whose main pending challenge is the creation of a "Statute of the Disappeared Person" to grant comprehensive legal certainty to victims.

Palabras clave: Tercer sector social, Ciencia Ciudadana, personas desaparecidas, derechos humanos, España

Keywords: Third Sector, citizen science, missing persons, Human Rights, Spain.

 

ABREVIATURAS

Art.: Artículo

CNDES: Centro Nacional de Desaparecidos

et al..: y otros.

1. INTRODUCCIÓN

El fenómeno de las personas desaparecidas constituye uno de los problemas sociales y jurídicos más lacerante y complejo a los que se enfrenta la sociedad contemporánea. En España, aunque la figura legal del “ausente” ha existido desde la época prerromana, en el sentido de reputarse a efectos de deberes, derechos hereditarios u obligaciones, considerándose el desaparecido como fallecido tras el transcurso de un determinado periodo de tiempo (Coronas González, 1983, p. 294), sin embargo, la dimensión humana, social y criminal de las desapariciones es un fenómeno que ha emergido con fuerza en las últimas décadas (Llorens Sellés, 2024, pp. 111-117).

España actualmente se enfrenta a una crisis social que genera profundas y devastadoras repercusiones, como es la desaparición de personas. Las cifras oficiales, dibujan un panorama nada halagüeño: el informe anual de personas desaparecidas elaborado por el Centro Nacional de Desaparecidos (CNDES) cifra en 26.345 las denuncias interpuestas por desaparición en España durante 2024 (Muniesa Tomás et al., 2025, p. 36).

Dentro de este panorama, surgen numerosas asociaciones, fundaciones y organizaciones de personas que ya sea por su proximidad (familiares, allegados, etc.), por sensibilidad o por su empatía con el fenómeno de las desapariciones, contribuyen de manera notable a impulsar mejoras en los ámbitos legislativos, procedimentales u operativos relativos a la desaparición de personas[1].

Tales agrupaciones constituyen lo que se ha venido a denominar el tercer sector social[2], si bien, su acción no se limita al impulso dentro de los ámbitos anteriormente dichos, sino que sus “saberes nacidos del dolor”[3] constituyen lo que se ha venido a denominar “ciencia ciudadana”. Esta terminología fue acuñada de forma independiente a mediados de los años 90 por el sociólogo británico Alan Irwin (1995)[4], quien la enfocó como una herramienta de empoderamiento cívico, y por el ornitólogo estadounidense Rick Bonney (1996), para describir la participación de los ciudadanos en la investigación científica.

Tal afirmación no es baladí, pues el conocimiento emanado de dichas organizaciones, lejos de tratarse de un aporte testimonial, representa un acervo de conocimiento aplicado que ha logrado modificar protocolos operativos[5] e impulsar reformas legislativas[6].

El propósito fundamental de este estudio es analizar en profundidad la naturaleza y el impacto de la "ciencia ciudadana" impulsada por el tercer sector social español en el contexto de las desapariciones. Se busca comprender cómo estas organizaciones no sólo contribuyen a la búsqueda, la investigación y al apoyo a las familias, sino que realizan una aportación esencial al conocimiento científico del fenómeno de las desapariciones que ha llevado a grandes progresos en la materia.

2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y SOCIALES: LA CONSTRUCCIÓN DE UNA CONCIENCIA COLECTIVA

El fenómeno de las desapariciones no es nuevo, pero su tratamiento como problema social y jurídico específico en España es relativamente reciente. Su visibilidad ha sido construida a través de una dolorosa sucesión de casos mediáticos y un lento despertar institucional.

2.1. DE LA AUSENCIA LEGAL AL IMPACTO MEDIÁTICO

Jurídicamente, la figura del “ausente” ha existido en el Código Civil desde 1889, pero su enfoque era puramente patrimonial, regulando la gestión de los bienes, derechos y obligaciones de quienes desaparecían sin dar señales de vida (Llorens Sellés, 2024, p. 108). La dimensión humana y criminal no formaría parte de la conciencia colectiva hasta la segunda mitad del siglo XX. Casos como la desaparición de un niño de 13 años en Lanzarote en el año 1973 (Ortiz, 2023) o un niño de la misma edad en Málaga en 1987 (Rada, 2016) provocaron una notable inquietud en la sociedad.

Sin embargo, fue la llegada de un programa de televisión cuyo nombre era “Quien sabe dónde” en 1992, lo que marcó un punto de inflexión en la conciencia ciudadana. Este programa, que alcanzó audiencias masivas, no solo dio visibilidad a cientos de casos, sino que demostró la importancia en la materia de la colaboración ciudadana (Llorens Sellés, 2024, pp. 109-110).

El tratamiento de casos de enorme impacto social, como la desaparición y muerte de tres menores en Alcàsser (Valencia) en 1992 (Migelez, 2019) o el secuestro de una joven en Alcobendas (Madrid) en 1993 (Morcillo y Muñoz, 2007), introdujo el drama de las desapariciones en todos los hogares españoles, generando un debate nacional sobre seguridad, respuesta policial y el papel de los medios de comunicación en esos casos (Llorens Sellés, 2024, pp. 109-111).

En este contexto social, la desaparición de una menor en Cornellà (Barcelona) en 1997 (Manzano, 2019), cuyo padre fue el impulsor de la asociación Inter-sos, simboliza el momento en que las propias familias afectadas comienzan a organizarse, sentando las bases del tercer sector actual en el ámbito de las desapariciones.

2.2. EL SIGLO XXI: CATALIZADORES PARA EL CAMBIO INSTITUCIONAL Y LA PRESIÓN SOCIAL

El inicio del nuevo siglo continuó la trágica senda de casos que conmocionaron a la sociedad y actuaron como catalizadores para el cambio. La desaparición de una joven sevillana en 2009 (Pascual Marjanet, 2015, pp. 51-56), con la angustia añadida que provocó el no haber podido localizar su cuerpo “marcó un antes y un después en todo lo relacionado con las desapariciones” (Llorens Sellés, 2024, p. 112), planteando retos judiciales y policiales sin precedentes. No en vano, este caso podría ser considerado el detonante de la Instrucción 1/2009 de la Secretaría de Estado de Seguridad, que por primera vez regulaba la actuación policial ante desapariciones de alto riesgo.

Posteriormente, casos como el de los niños desaparecidos en Córdoba y asesinados a manos de su padre en 2011, introdujeron el concepto de “violencia vicaria” en el debate público (Ibáñez, 2021), mientras que una desaparición en 2016 en A Pobla do Caramiñal (Quelart, 2019) y otra en Almería en 2018 (Escobar, 2020) mantuvieron la presión social y mediática, acelerando la creación de la arquitectura institucional en el marco de las desapariciones, tal y como la conocemos hoy.

Esta cronología demuestra que los avances normativos en España han sido, en gran medida, reactivos, impulsados por la tragedia y la incansable presión de las familias y la sociedad civil.

3. EL TERCER SECTOR SOCIAL EN EL ÁMBITO DE LAS DESAPARICIONES: DE LA CONCEPTUALIZACIÓN A LA CIENCIA CIUDADANA

3.1. ¿QUE SE CONOCE COMO TERCER SECTOR SOCIAL EN EL ÁMBITO DE LAS DESAPARICIONES?

El tercer sector social, conforme a lo establecido en el art. 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, está conformado por «aquellas organizaciones de carácter privado, surgidas de la iniciativa ciudadana o social, bajo diferentes modalidades, que responden a criterios de solidaridad y de participación social, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsan el reconocimiento y el ejercicio de los derechos civiles, así como de los derechos económicos, sociales o culturales de las personas y grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad o que se encuentran en riesgo de exclusión social. En todo caso, son entidades del tercer sector de acción social las asociaciones, las fundaciones, así como las federaciones o asociaciones que las integren, siempre que cumplan con lo previsto en esta Ley»

Trasladada la definición al ámbito de las personas desaparecidas, se entendería por tercer sector social, las distintas Fundaciones y Asociaciones, que agrupan a familiares y allegados de las personas desaparecidas sin causa aparente, y a quienes sufren la ausencia de un ser querido a lo largo del tiempo (Muniesa Tomás et al., 2023, p. 22).

El Centro Nacional de Desaparecidos reconoce como tercer sector de acción social en materia de personas desaparecidas a las siguientes organizaciones[7]:

-  AFADECOR - Asociación de Familiares y Amigos de personas Desaparecidas de Córdoba

-  AFADES - Associació de Familiars de Despareguts i Desaparegudes

-  QSDglobal- Fundación Europea por las Personas Desaparecidas

-  SOSDESAPARECIDOS - Asociación de ayuda y difusión de casos de Personas desaparecidas

-  Inter-SOS - Asociación de Familiares de Personas Desaparecidas sin Causa Aparente

-  NON? NORK DAKI NON ELKARTEA- Asociación sobre Personas Desaparecidas sin Causa Aparente

-  NUN HAGO ELKARTEA - Asociación de familiares de víctimas de desaparición y de delito violento en el extranjero

-  ANAR - Ayuda a Niños y Adolescentes en Riesgo.

El papel de dichas organizaciones es relevante hasta tal punto que el propio Centro Nacional de Desaparecidos reconoce la necesidad de una relación fluida y constante con éstas, facilitando el intercambio de información y recibiendo retroalimentación de las necesidades de los familiares y allegados de personas desaparecidas a través de éstas (Muniesa Tomás et al., 2023, p. 22). Todo ello conforme dispone el Plan Estratégico aprobado por el mismo organismo (Ministerio del Interior-Secretaría de Estado de Seguridad, 2022) que plantea el intercambio de conocimientos y experiencias entre los agentes implicados en la temática y el tercer sector social (Ministerio del Interior-Secretaría de Estado de Seguridad, 2022, p. 19), e incrementar el conocimiento sobre la colaboración con el tercer sector social (Ministerio del Interior-Secretaría de Estado de Seguridad, 2022, p. 31).

3.2. CIENCIA CIUDADANA Y TERCER SECTOR SOCIAL

Por ciencia ciudadana, en su concepción más genérica, se conoce a aquella actividad científica orientada a generar conocimiento nuevo con la participación voluntaria (en el sentido de consciente e intencionada) de los ciudadanos, quienes pueden involucrarse en los diferentes niveles del proceso científico (Oltra Codina et al., 2022, p. 18).

Desde que el término ciencia ciudadana fue popularizado a mediados de los años noventa por Alan Irwin (1995)[8] y Bonney (1996), este campo ha experimentado un notable desarrollo tanto en la teoría como en la práctica. Han surgido revistas científicas especializadas, plataformas colaborativas y un creciente número de iniciativas en todo el mundo que integran la participación activa de la ciudadanía en diversas disciplinas científicas (Bergerot, 2022; Storksdieck, 2016; Vohland et al., 2021). No obstante, la implicación de personas no profesionales en la producción de conocimiento científico no es un fenómeno reciente. Sus raíces se remontan a más de tres siglos atrás, cuando naturalistas aficionados, especialmente en el ámbito de la botánica, colaboraban voluntariamente mediante observaciones empíricas y recolección de especímenes para enriquecer los estudios científicos de la época.

¿Es por tanto el tercer sector social generador de ciencia ciudadana en el ámbito de las personas desaparecidas?

No cabe duda de que sí, aunque la ciencia ciudadana se ha asociado comúnmente con la investigación ambiental o biológica (Santana Castellón et al., 2024, p. 137), sus principios fundamentales de participación pública, generación de datos y resolución de problemas (Oltra Codina et al., 2022, p. 18) se manifiestan de manera robusta en el contexto de las desapariciones en España. Las actividades de difusión masiva, la recopilación de información por voluntarios y familiares afectados por las desapariciones, y la creación de plataformas colaborativas por parte de las asociaciones que conforman el tercer sector social, aunque no siempre se etiqueten formalmente como “ciencia ciudadana”, son, una aplicación práctica de sus metodologías.

4. EL TERCER SECTOR SOCIAL COMO GENERADOR DE CIENCIA CIUDADANA EN EL ÁMBITO DE LAS DESAPARICIONES

4.1. RECOPILACIÓN Y ANÁLISIS DE DATOS A GRAN ESCALA

Las asociaciones de personas desaparecidas fomentan activamente la solidaridad ciudadana mediante la difusión masiva de casos a través de internet y otros medios de publicidad[9]. Esta difusión no es solo una alerta, sino una forma directa de recopilación de datos, ya que cada información aportada por un ciudadano puede ser crucial. El voluntariado es fundamental para estas organizaciones que constituyen el tercer sector, pues interviene activamente en labores de auxilio y cooperación, desde la difusión de carteles hasta la participación en batidas de búsqueda[10].

Las asociaciones actúan como centrales para la recopilación masiva de datos. Cuando las organizaciones que conforman el tercer sector difunden una alerta a través de sus extensas redes, no solo informan, sino que ponen en marcha a miles de "científicos ciudadanos" que observan e informan. Cada avistamiento, cada pista aportada por un ciudadano, es un dato. Las asociaciones reciben, filtran, contrastan y analizan esta información, convirtiendo un flujo masivo y desestructurado de datos en inteligencia procesable para las fuerzas de seguridad. Este proceso es, en esencia, un proyecto de ciencia ciudadana de recopilación y análisis de datos en tiempo real.

Este modelo operativo funciona de manera notablemente similar a una red de sensores distribuidos. Los ciudadanos individuales actúan como puntos de recolección de datos geográficamente dispersos, proporcionando observaciones en tiempo real en una amplia área. Las asociaciones, por su parte, funcionan como la unidad de procesamiento central, agregando, filtrando, validando y analizando este vasto conjunto de datos descentralizado. Esto proporciona una escala y una velocidad de recopilación de inteligencia que las fuerzas policiales tradicionales, con personal limitado y control centralizado, no pueden replicar fácilmente. Esto destaca la ventaja comparativa única de la ciencia ciudadana en situaciones que requieren una observación generalizada y una entrada de datos en tiempo real, particularmente en búsquedas geográficamente dispersas o sensibles al tiempo. También implica una necesidad apremiante de mecanismos formales e interfaces tecnológicas para integrar sin problemas esta potente "red de sensores" con los sistemas estatales oficiales, optimizando la eficacia general de la búsqueda.

4.2. GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO EMPÍRICO (EL SABER NACIDO DEL DOLOR)

La participación ciudadana, canalizada por las organizaciones que constituyen el llamado tercer sector social permiten la generación de conocimiento que se aplica con indudable eficacia en el tratamiento de las desapariciones de personas en España. Dichos conocimientos se aplican en la creación de protocolos, en las iniciativas de modificaciones legislativas, en el impulso de iniciativas sociales y formativas, etc. Es lo que se ha venido a denominar como “saber nacido del dolor” (Pereira Benítez, et al., 2024, p. 137) y que genera ciencia ciudadana.

La contribución más profunda y única del tercer sector es la creación de un cuerpo de conocimiento que no podría generarse en un laboratorio o despacho. Este "saber nacido del dolor" es el resultado de cientos de horas de búsqueda, de la observación directa y de la comparación de casos. Este conocimiento, profundamente arraigado en la experiencia prolongada y el contexto visceral de la búsqueda de un ser querido, representa una forma de "epistemología encarnada". No es principalmente teórico o adquirido a través de una formación académica formal, sino que se desarrolla a través de la observación repetida en diversos entornos y la interacción directa con el proceso de búsqueda. Este conocimiento tácito, aunque difícil de codificar, ha demostrado ser increíblemente eficaz en la práctica.

A través del contacto directo con cientos de familias, estas asociaciones acumulan un conocimiento inestimable sobre patrones de desaparición, perfiles de riesgo, dinámicas familiares y vulnerabilidades específicas que a menudo escapan a las estadísticas oficiales. Mientras que las estadísticas oficiales son valiosas para identificar tendencias generales, a menudo carecen de los detalles granulares y cualitativos de los casos individuales y de los complejos factores sociales que contribuyen a las desapariciones. Los datos cualitativos, derivados de la interacción directa y empática del tercer sector con las familias, proporcionan una "verdad sobre el terreno" que revela patrones ocultos y vulnerabilidades específicas. Esto constituye una forma de sociología y criminología aplicada desde la base. Este enfoque subraya las limitaciones inherentes de los enfoques puramente estadísticos o de arriba hacia abajo para problemas sociales complejos. Aboga por un modelo híbrido en el que los datos cualitativos, derivados de la experiencia de las comunidades afectadas, informen y enriquezcan los análisis oficiales, lo que lleva a intervenciones más específicas, empáticas y, en última instancia, más efectivas que aborden las causas fundamentales y los contextos específicos de las desapariciones.

4.3. IMPACTO Y VALIDACIÓN A TRAVÉS DE LA INCIDENCIA POLÍTICA Y JURÍDICA

Las asociaciones y fundaciones del tercer sector realizan una labor encomiable e incansable de reconocimiento y ejercicio de los derechos civiles de las personas desaparecidas y sus familiares. Estas entidades ciudadanas ofrecen información y ayuda integral a las familias, abordando no solo la búsqueda, sino también las complejas necesidades psicológicas y legales derivadas de la incertidumbre[11].

El tercer sector social en el ámbito de las desapariciones en España, constituido por organizaciones conformadas principalmente por familiares y allegados de personas desaparecidas, ha logrado influir en la toma de decisiones y en la elaboración de políticas, aportando sus conocimientos y experiencias para su mejora, y canalizando las demandas de los familiares afectados por dicho fenómeno hacia las instituciones públicas y privadas.

Por tanto, su labor no se limita a la búsqueda, sino que se extiende a la propuesta de soluciones estructurales. La elaboración de borradores para un necesario “Estatuto de la persona desaparecida”[12] o la “propuesta de registro oficial de ausentes voluntarios”[13] son claros ejemplos de cómo transforman la experiencia vivida en propuestas legislativas concretas.

La propia creación del Centro Nacional de Desaparecidos[14] o la declaración de un día (el 9 de marzo) como “Día Nacional de las personas desaparecidas sin causa aparente”[15], son iniciativas ciudadanas que han fructificado en medidas positivas para la gestión y visualización de un fenómeno social preocupante.

La colaboración entre el tercer sector y las instituciones públicas es cada vez más formal y necesaria. El Centro Nacional de Desaparecidos (en adelante CNDES), reconoce a una amplia red de asociaciones de personas desaparecidas que califica como el tercer sector social. Este colabora activamente con el CNDES en la elaboración de publicaciones, informes y campañas de sensibilización, así como en la difusión de información y prevención de desapariciones.

Además, estas organizaciones canalizan las demandas ciudadanas sobre desapariciones hacia las instituciones y organismos públicos y privados con competencias en la atención de estas necesidades.

El I Plan Estratégico en Materia de Personas Desaparecidas (2022-2024) del Ministerio del Interior (Ministerio del Interior-Secretaría de Estado de Seguridad, 2022, pp. 28-29) marca un punto de inflexión al formalizar y consolidar el papel del tercer sector como un actor fundamental en la respuesta estatal a este fenómeno. Lejos de ser un mero receptor de información, el plan integra a las fundaciones y asociaciones de familiares en el núcleo de la estrategia, reconociendo su trayectoria, conocimiento y compromiso.

La colaboración se articula en dicho Plan a través de cuatro ejes principales:

Prevención y Sensibilización: Las organizaciones sociales serán copartícipes en el diseño y difusión de campañas de concienciación. Su implicación directa asegurará que los mensajes sean efectivos y lleguen a la ciudadanía, aprovechando su capilaridad y cercanía con la realidad de las familias (Ministerio del Interior-Secretaría de Estado de Seguridad, 2022, p. 12).

Formación Especializada: El plan establece que el tercer sector tendrá un rol activo en la formación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y otros organismos. En este sentido, las fundaciones y asociaciones aportarán su experiencia en seminarios y mesas redondas, ofreciendo la perspectiva de los familiares y su conocimiento práctico, garantizando así una formación más humana y completa para los profesionales (Ministerio del Interior-Secretaría de Estado de Seguridad, 2022, pp. 15-19).

Investigación y Coordinación Operativa: Las asociaciones serán un eslabón clave en la difusión de alertas, como en el caso de la Fundación ANAR con la línea 116000. Además, se prevé su participación en la homogeneización de la cartelería y en los procedimientos de colaboración permanente, asegurando que la información y los esfuerzos estén coordinados entre todos los actores implicados (Ministerio del Interior-Secretaría de Estado de Seguridad, 2022, p. 25).

Atención, Apoyo y Defensa de Derechos: Quizás el área de mayor impacto es la atención a los familiares. El plan institucionaliza la interlocución de las asociaciones con los responsables policiales y las incluye en grupos de trabajo cruciales, como los dedicados a las desapariciones de "larga duración" y a la creación del futuro "Estatuto de la persona desaparecida". Se promueve activamente su colaboración para ofrecer apoyo psicológico y para estudiar casos no denunciados, fortaleciendo la red de protección y ayuda a las víctimas (Ministerio del Interior-Secretaría de Estado de Seguridad, 2022, pp. 28-31).

Finalmente, la inclusión de las fundaciones y asociaciones más representativas en la Comisión de Seguimiento del Plan garantiza que su voz no solo sea escuchada, sino que forme parte integral de la evaluación y mejora continua de la estrategia nacional, consolidando un modelo de gestión colaborativa frente a una de las problemáticas sociales más dolorosas (Ministerio del Interior-Secretaría de Estado de Seguridad, 2022, p. 32).

4.4. COMPARATIVA: LECCIONES DE OTROS CONTEXTOS Y SU RELEVANCIA PARA ESPAÑA

Aunque centrados en España, es útil situar estos desarrollos en un contexto global. En América Latina, la incorporación de enfoques ciudadanos es notable. México, con la mayor cantidad de desapariciones registradas, cuenta con numerosos colectivos de búsqueda (más de 230), allí la labor de las llamadas “Madres Buscadoras” ha sido estudiada académicamente como “ciencia ciudadana” (Santana Castellón, 2024).

Las "madres buscadoras" mexicanas, por ejemplo, han desarrollado técnicas de prospección de campo, identificación de indicadores de enterramientos clandestinos y análisis de patrones de desaparición que trascienden la formación forense tradicional. Este conocimiento, forjado en la adversidad extrema, se comparte y sistematiza dentro de los colectivos, creando una base de datos colectiva de "saberes" que es validada por la experiencia directa y, en ocasiones, por el hallazgo de restos. La relevancia para España radica en la transferencia de esta epistemología de la búsqueda desde la base: la idea de que la experiencia directa y el dolor pueden transformarse en una forma legítima de investigación forense. Aunque las herramientas y los recursos puedan diferir, el principio de que los afectados pueden convertirse en expertos en la búsqueda y en la incidencia por sus derechos es una lección fundamental que ha resonado en el contexto español. Esto sugiere que, más allá de las diferencias contextuales, existe una universalidad en la capacidad de la sociedad civil para generar conocimiento científico aplicado cuando las instituciones formales no pueden o no quieren satisfacer una necesidad crítica.

5. PROGRESOS LOGRADOS: LA EVIDENCIA DE LA CIENCIA CIUDADANA EN ACCIÓN

Son muchos los progresos logrados, fruto del conocimiento aportado y las propuestas realizadas por las asociaciones constituidas por familiares de personas desaparecidas, entre ellos, los siguientes:

1.                      Establecimiento de un día específico como el “día de las personas desaparecidas sin causa aparente”[16]. Al objeto de, reconocer a las personas desaparecidas su condición de ciudadanos y ciudadanas con derecho a ser buscados, a no quedar en el olvido y a impulsar mecanismos de coordinación que resulten verdaderamente efectivos para su localización y para esclarecer cada caso. También para visibilizar el abandono a que se enfrentan sus familias y a exigir una atención integral en todos los ámbitos. En última instancia, con la conmemoración de este día, se trata de que toda la sociedad asuma como propio un drama que no debe recaer únicamente sobre los familiares de los desaparecidos.

2.                      Acortamiento de los plazos para la declaración de ausencia y fallecimiento. Al objeto de adaptar los tiempos a la situación actual, donde el avance de las tecnologías de la información, los sistemas de control de identidad y la interconexión global dificultan cada vez más que una persona permanezca oculta de forma indefinida sin dejar rastro. Salvo en aquellos supuestos excepcionales en los que concurra un final trágico unido a medios extraordinarios de ocultación o colaboración de terceros, la mayoría de los casos de desaparición tienden a esclarecerse en plazos sensiblemente menores a los previstos en la normativa vigente.

Así los plazos para las declaraciones de ausencia y de fallecimiento, han pasado de los 2 años para la ausencia y 30 años para la presunción de muerte contemplados en los artículos 184 y 191 del Código Civil original de 1889, al año para la ausencia y a los 10 años para el fallecimiento[17] en la versión más actual de nuestro Código Civil.

3.                      Respuesta inmediata y erradicación del “mito de las 24 horas” [18]. Al objeto de garantizar la toma de denuncia inmediata, descartando cualquier periodo de espera, ya que las primeras horas son cruciales para la localización. Esta es una de las victorias más significativas de la incidencia del tercer sector, que se ve reflejada en el protocolo oficial de búsqueda de desaparecidos (Cereceda Fernández-Oruña y Tourís López, 2019, pp. 38-40).

4.                      Protocolo policial único y vinculante[19]. Adopción de un protocolo unificado para todas las fuerzas de seguridad (incluidas policías autonómicas y locales) para evitar las descoordinaciones y disparidades durante la actuación[20].

5.                      Gestión y unificación de alertas[21]. Crear un formato de alerta unificado y un protocolo claro para su difusión, optimizando la visibilidad y la eficacia de las alertas ciudadanas[22].

6.                      Creación de oficinas de atención y apoyo profesional a las familias de personas desaparecidas[23]. Al objeto de recibir un trato adecuado en cuanto a asistencia psicológica, técnica, económica, legal e internacional[24].

6. RETOS PENDIENTES: LOS DESAFIOS DE LA CIENCIA CIUDADANA EN EVOLUCIÓN

Son muchos los progresos logrados, pero, no obstante, queda mucho por hacer, y en este sentido las asociaciones constituidas por familiares de personas desaparecidas plantean la adopción de otras medidas:

1.                      Creación de un Estatuto de la Persona Desaparecida. Esta es la demanda central y transversal, fundamental para crear una legislación específica que garantice la cobertura jurídica de las desapariciones, dote de seguridad a las familias y sirva como herramienta eficaz para los operadores jurídicos[25]. Esta propuesta es el resultado de la comprensión de que la ausencia de una definición legal adecuada genera una cascada de problemas prácticos y emocionales para las familias, desde la gestión de bienes hasta el acceso a ayudas.3.

2.                      Supresión de Tasas y Gratuidad de Trámites[26]. Al objeto de eliminar los costes económicos asociados a las publicaciones en boletines oficiales para la declaración de ausencia y fallecimiento, que suponen una carga adicional para familias ya vulnerables.

3.                      Asistencia Jurídica Gratuita[27]. El tercer sector propone modificar la Ley para que la intervención de abogado sea preceptiva en estos trámites, permitiendo así el acceso a la justicia gratuita.

4.                      Revisión del término “Declaración de Fallecimiento”[28]. Al objeto de sustituir el término por otro menos doloroso y más acorde con la realidad de la incertidumbre, como "declaración de ausencia sin retorno". Esta demanda refleja una profunda sensibilidad hacia el impacto psicológico del lenguaje legal en las familias.

5.                      Creación de un Registro Oficial de Ausentes Voluntarios[29]. Al objeto de establecer un registro confidencial para que personas mayores de edad, que se ausentan voluntariamente, puedan inscribirse y así evitar búsquedas innecesarias y optimizar recursos policiales

6.                      Modificaciones en la legislación penal. Al objeto de mejorar la misma con cambios como ampliar el tipo penal del art. 224 del Código Penal para castigar no solo la inducción a la fuga, sino también el cobijo consciente de menores fugados[30].

Se han citado las anteriores a modo de ejemplo, ya que no son las únicas, son una muestra de las innumerables propuestas realizadas por el tercer sector social y que van repercutiendo progresivamente en mejoras.

 

7. CONCLUSIONES

El estudio del fenómeno de las personas desaparecidas en España, tal y como se ha tratado en el presente trabajo, nos confronta con una de las transformaciones sociopolíticas y jurídico-criminológicas más significativas de las últimas décadas. Más allá de la tragedia humana que representa cada caso individual, el análisis revela un proceso de evolución paradigmática en la relación entre la ciudadanía, el Estado y la producción de conocimiento válido para la resolución de conflictos sociales complejos. Las conclusiones que se derivan de este examen no son meramente descriptivas, sino que son prescriptivas y arrojan luz sobre las limitaciones del modelo estatal tradicional y el poder emergente de la sociedad civil organizada como un actor epistémico de primer orden.

7.1. LA SUPERACIÓN DEFINITIVA DEL PARADIGMA PATRIMONIAL Y LA CONSOLIDACIÓN DE UN ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS

La primera conclusión, de carácter histórico-jurídico, es la constatación de una ruptura irreversible con el pasado. El texto ha trazado una línea evolutiva que parte de la figura del "ausente" en el Código Civil de 1889, un concepto diseñado desde la lógica de la seguridad jurídica patrimonial, cuya principal preocupación era la administración y eventual transmisión de bienes. En esta concepción, la persona desaparecida era, en esencia, un problema de gestión de activos. La dimensión humana era secundaria, subsumida en la necesidad de dar certeza a las relaciones jurídicas.

Lo que este trabajo demuestra de manera irrefutable es que este paradigma fue demolido no por una reflexión interna del legislador, sino por la fuerza de los hechos, por la presión social insoportable generada por una sucesión de casos que se incrustaron en la conciencia colectiva. La labor de los medios de comunicación, y en particular de programas como "Quien sabe dónde", fue crucial, pero no como un fin en sí mismo, sino como el vehículo que introdujo el drama en cada hogar, transformando la indiferencia en empatía y la pasividad en una exigencia de acción. El Estado se vio forzado a reaccionar. Las reformas, como la Instrucción 1/2009, no fueron actos de clarividencia, sino respuestas tardías a tragedias humanas que pusieron en jaque la credibilidad del sistema. La conclusión ineludible es que el enfoque actual, centrado en la búsqueda, la investigación criminal y el apoyo a las víctimas, es una conquista ciudadana. Se ha transitado desde un derecho que protegía "cosas" a un derecho que, aunque imperfectamente, aspira a proteger personas y a garantizar su derecho fundamental a ser buscado y el derecho de sus familias a saber.

7.2. LA "CIENCIA CIUDADANA" COMO EPISTEMOLOGÍA DEL DOLOR: LEGITIMACIÓN DE UN NUEVO SABER.

La aportación más trascendental del análisis es la conceptualización del tercer sector como un generador de ciencia ciudadana. Esto no es una metáfora, sino una descripción precisa de su función. El texto nos obliga a expandir nuestra comprensión de lo que constituye "ciencia". Si tradicionalmente la asociamos a laboratorios y a metodologías cuantitativas, aquí nos encontramos ante una forma de producción de conocimiento cualitativo, empírico y profundamente contextualizado, que determinados autores acertadamente denominan "saber nacido del dolor".

Este "saber" es superior en ciertos aspectos al conocimiento oficial por varias razones. Primero, por su escala y agilidad: la analogía de la "red de sensores distribuidos" es perfecta para describir cómo las asociaciones movilizan a la comunidad, creando un sistema de vigilancia y recopilación de datos en tiempo real que ninguna institución estatal podría replicar. Segundo, por su profundidad cualitativa: mientras las estadísticas oficiales ofrecen una visión macro, el tercer sector acumula un acervo de conocimiento micro, basado en la interacción directa con cientos de familias. Comprenden las dinámicas de la vulnerabilidad, los patrones de comportamiento previos a la desaparición y las sutilezas de los contextos sociales que a menudo son invisibles para un análisis puramente formal. Constituyen, en la práctica, un observatorio de sociología y criminología aplicada.

Reconocer este "saber" como ciencia es un acto de justicia epistémica. Significa validar una forma de conocimiento que ha sido históricamente marginada por ser considerada "emocional" o "anecdótica". El texto demuestra que este conocimiento no solo es válido, sino que es eficaz: ha logrado modificar protocolos operativos, como la erradicación del mito de la espera de 24 horas, y ha impulsado reformas legislativas. La lección para la Criminología es profunda: las víctimas y sus familias no son meros objetos de estudio o receptores de servicios, sino sujetos activos de conocimiento, capaces de producir una inteligencia vital para la prevención y la resolución de los casos.

7.3. LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEL DIÁLOGO: HACIA UN MODELO DE GESTIÓN COLABORATIVA

Si el tercer sector nació de la necesidad y creció en la adversidad, su madurez se evidencia en su progresiva institucionalización como interlocutor ante el Estado. La creación del CNDES y, de manera culminante, el I Plan Estratégico en Materia de Personas Desaparecidas (2022-2024), representan la formalización de esta relación. Este Plan no es un documento de buenas intenciones, sino que es un contrato social implícito que reconoce la insuficiencia del Estado para abordar este problema en solitario.

Al analizar los ejes del Plan que se citan en el texto, se observa una transferencia de roles y una consolidación de la colaboración:

En materia de prevención, se reconoce que la capilaridad y credibilidad de las asociaciones son más efectivas para llegar a la ciudadanía.

En el ámbito de la formación, se admite que los profesionales (policías, jueces, fiscales) necesitan no solo una formación técnica, sino también humana que únicamente puede provenir de quienes han vivido el drama en primera persona.

En lo relativo a la coordinación, se integra su capacidad de difusión masiva dentro de la estrategia operativa nacional.

Y finalmente en lo referente a la atención y derechos, se les concede un rol central en el apoyo a las familias y, de forma crucial, en la arquitectura de futuras reformas como el "Estatuto de la persona desaparecida".

La conclusión es que estamos asistiendo al nacimiento de un modelo de gestión colaborativa. Se pasa de una relación vertical y jerárquica (Estado-ciudadano) a una horizontal y en red, donde actores estatales y no estatales comparten información, responsabilidades y la toma de decisiones. Este modelo, forjado en el ámbito de las desapariciones, es un posible arquetipo para la gestión de otros problemas sociales complejos.

7.4. EL HORIZONTE DE FUTURO: EL ESTATUTO DE LA PERSONA DESAPARECIDA COMO PIEDRA ANGULAR

El análisis de los progresos y los retos pendientes nos permite concluir que el camino, aunque notable, está inacabado. Las victorias logradas son la base sobre la que se construyen las demandas futuras, y entre ellas, una emerge como la piedra angular de todo el sistema: la creación de un Estatuto de la Persona Desaparecida.

Esta no es una demanda más. Es la conclusión lógica de todo el proceso. Es la propuesta de crear un cuerpo jurídico unificado y coherente que otorgue una carta de naturaleza a la persona desaparecida y a sus familias, sacándolas del limbo legal en el que a menudo se encuentran. Un Estatuto de estas características, como proponen las asociaciones, abordaría de manera integral los vacíos detectados a través de años de experiencia: desde la gratuidad de los trámites y la asistencia jurídica especializada hasta la creación de mecanismos como el registro de ausentes voluntarios. Sería la materialización definitiva del cambio de paradigma, consolidando en una única norma todos los derechos y protecciones que hasta ahora se han ido conquistando de manera fragmentaria.

En síntesis, este trabajo nos presenta un relato de resiliencia, innovación social y transformación jurídica. Demuestra que el dolor, canalizado a través de la organización y la inteligencia colectiva, puede convertirse en una poderosa fuerza de cambio, capaz de reformar leyes, modificar protocolos y humanizar a las instituciones. La experiencia española en el ámbito de las desapariciones es un laboratorio vivo que ofrece lecciones fundamentales sobre el poder de la ciencia ciudadana, la necesidad de una gestión más humilde y colaborativa por parte del Estado, y la incuestionable verdad de que la justicia más efectiva es aquella que escucha, respeta e integra el saber de quienes más han sufrido sus ausencias.


 

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[1] Así lo reconoce el CNDES en su informe anual del año 2022 (Muniesa Tomás et al., 2023, p. 15)

[2] El tercer sector social en materia de desapariciones, según indica el CNDES en su informe anual del año 2023, estaría “integrado por las Fundaciones y Asociaciones que agrupan a familiares y allegado de las personas desaparecidas sin causa aparente…” (Muniesa Tomás et al., 2024, p. 22)

[3] Término acuñado por Pereira Benítez et al. (2024, p. 107) en un artículo incluido en el Libro Interpretar la naturaleza: ciencias aplicadas a la detección de inhumaciones clandestinas (Quezada Esparza, 2024, pp. 107-132)

[4] El término “ciencia ciudadana" fue acuñado por primera vez por Alan Irwin en su libro de 1995 Citizen Science: A Study of People, Expertise, and Sustainable Development

[5] Durante el I Foro Europeo de Familias con Personas Desaparecidas, celebrado en 2015, una de las asociaciones ya reclamó la necesidad de modificar los protocolos operativos a través de su documento "Carta de Derechos y Demandas Urgentes" (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global, 2015).

[6] Así, por ejemplo, cabe citar la demanda de una de las asociaciones para el acortamiento de plazos de cara a la declaración de ausencia y fallecimiento, en la “III Carta de Derechos y Demandas Urgentes” elaborada por una asociación, y que se incluyó en el IV Foro Europeo de Familias con Personas Desaparecidas celebrado el año 2019 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global, 2019, p. 7)

[7] https://cndes-web.ses.mir.es/publico/Desaparecidos/Publicaciones.html

[8] El término “ciencia ciudadana" fue acuñado por primera vez por Alan Irwin en su libro de 1995 Citizen Science: A Study of People, Expertise, and Sustainable Development

[9] Véase la página web de alguna de estas asociaciones, como por ejemplo: https://sosdesaparecidos.es/ o https://www.qsdglobal.com/

[10] Véase como ejemplo el siguiente enlace: https://sosdesaparecidos.es/busqueda-batida/

[11] Sobre los servicios que prestan algunas asociaciones, véase:

https://sosdesaparecidos.es/quienes-somos/

https://www.qsdglobal.com/

[12] Como ejemplo el documento elaborado por la Fundación QSDglobal, que puede consultarse en el siguiente enlace: https://www.qsdglobal.com/wp-content/uploads/2020/06/PUNTO-7.-BORRADOR-ESTATUTO-DE-LA-PERSONA-DESAPARECIDA.pdf

[13] Como ejemplo el documento elaborado por la Asociación SOSdesaparecidos, que puede consultarse en el siguiente enlace: https://sosdesaparecidos.es/wp-content/uploads/Propuesta-Registro-Oficial-de-Ausentes-Voluntarios-ROAV._signed.pdf

[14] El profesor Lorente Acosta es quien introduce la idea de la creación de un Centro Nacional de Desaparecidos de forma más explícita, durante su comparecencia en la Comisión Especial para el estudio de la problemática de las personas desaparecidas sin causa aparente, celebrada el 17 de junio de 2013, atribuyendo dicha idea al periodista Francisco "Paco" Lobatón (Diario de Sesiones del Senado nº183 de 17/06/2013, pp. 34-35). La creación del Centro Nacional de Desaparecidos se formalizó en el Instrucción 2/2018 de la Secretaría de Estado de Seguridad.

[15] Promovido por la Asociación Inter-sos, se formalizó mediante publicación oficial en 2010 (BOCG nº 478 de 16/11/2010)

[16] Promovido por la Asociación Inter-sos, se formalizó mediante publicación oficial en 2010 (BOCG nº478 de 16/11/2010)

[17] Incluyéndose circunstancias específicas que acortan dichos plazos.

[18] Demanda contenida en la “Carta de Derechos y Demandas Urgentes” dentro del I Foro Europeo de Familias con Personas Desaparecidas celebrado el año 2015 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global –, 2015) y expuesta por una asociación en las I Jornadas del Centro Nacional de desaparecidos sobre la actuación de las FFCCS ante casos de personas desaparecidas celebradas en Madrid en el año 2019 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas - QSD Global -, 2019, p. 3)

[19] Demanda contenida en la “Carta de Derechos y Demandas Urgentes” dentro del I Foro Europeo de Familias con Personas Desaparecidas celebrado el año 2015 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global –, 2015) y en la también “Carta de Derechos y Demandas Urgentes” dentro del II Foro Europeo de Familias con Personas Desaparecidas celebrado el año 2018 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global –, 2018, p. 2)

[20] Dicho Protocolo verá la luz en el año 2019 (Cereceda Fernández-Oruña y Tourís López, 2019)

[21] Demanda expuesta por una asociación en las I Jornadas del Centro Nacional de desaparecidos sobre la actuación de las FFCCS ante casos de personas desaparecidas celebradas en Madrid en el año 2019 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas - QSD Global -, 2019, p. 4)

[22] Tal demanda ha sido puesta de manifiesto en el informe anual de desaparecidos del año 2025 (Muniesa Tomás et al., 2025, pp. 18-19)

[23] Demanda contenida en la “Carta de Derechos y Demandas Urgentes” dentro del I Foro Europeo de Familias con Personas Desaparecidas celebrado el año 2015 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global –, 2015)

[24] Se ha avanzado en la implantación de asistencia jurídica, psicológica y social, dirigida a los familiares de personas desaparecidas, dentro de las oficinas de asistencia a las víctimas del delito (Muniesa Tomás et al., 2025, p. 22). A tal efecto se ha aprobado una guía de recomendaciones para la atención en las oficinas de asistencia a las víctimas del delito de las víctimas indirectas en el caso de personas desaparecidas (Ministerio de Justicia, 2023).

[25] Demanda contenida entre otras en la “Carta de Derechos y Demandas Urgentes” dentro del II Foro Europeo de Familias con Personas Desaparecidas celebrado el año 2018 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global –, 2018, p. 2) y en la “III Carta de Derechos y Demandas Urgentes” dentro del IV Foro de Familias de Personas Desaparecidas celebrado el año 2019 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global –, 2019, p. 7)

[26] Demanda contenida entre otras en la “Carta de Derechos y Demandas Urgentes” dentro del II Foro Europeo de Familias con Personas Desaparecidas celebrado el año 2018 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global –, 2018, p. 2) y en un documento de propuestas y medidas remitido al Ministerio del Interior en el año 2020 (Asociación SOSDesaparecidos, 2020, pp. 2-3).

[27] Demanda contenida entre otras en el documento de propuestas y medidas remitido al Ministerio del Interior en el año 2020 (Asociación SOSDesaparecidos, 2020, pp. 2-3).

[28] Demanda contenida entre otras en la “Carta de Derechos y Demandas Urgentes” dentro del II Foro Europeo de Familias con Personas Desaparecidas celebrado el año 2018 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global –, 2018, p. 2) y en la “III Carta de Derechos y Demandas Urgentes” dentro del IV Foro de Familias de Personas Desaparecidas celebrado el año 2019 (Fundación Europea por las Personas Desaparecidas – QSD Global –, 2019, p. 7)

[29] Demanda contenida en el documento titulado “Propuesta al Centro Nacional de Desaparecidos para la creación de un Registro Oficial de Ausentes Voluntarios (ROAV)”, elaborado por una asociación de familiares de personas desaparecidas en el año 2022 (Asociación SOSDesaparecidos, 2022)

[30] Demanda contenida en el documento “Propuestas y sugerencias de la Asociación Sosdesaparecidos para el Primer Plan Estratégico en Materia de Personas Desaparecidas” elaborado en 2021 (Asociación SOSDesaparecidos, 2021).